Introducción
Al realizar
este trabajo sobre el análisis de caso simulado, podremos conocer sobre la
legislación vigente que rige la práctica del fonoaudiólogo en sus distintas
áreas y en nuestro caso, con respecto a las escuelas del lenguaje y el
diagnostico de un TEL para indicar si el niño permanece en esta escuela o no.
Lo importante es que podremos integrar conceptos teóricos vistos en clases,
además de una revisión bibliográfica que nos ayude a recabar la mayor cantidad
de información para realizar este análisis de manera profunda y concisa.
Además, incluiremos nuestra opinión sobre el acto del fonoaudiólogo en el caso
y nos referiremos a la ética que lo debiera regir.
Cabe destacar que haremos énfasis en puntos importantes
sobre el Código de Ética del Colegio de Fonoaudiólogos de Chile (1983) sobre
los que creamos que fueron transgredidos en el caso presentado. Analizaremos
sobre la relación terapéutica que debe existir, derechos y deberes que deben
ser cumplidos, los cuales son básicos. En base a lo propuesto, discutir y
tratar de llegar a una conclusión reflexiva y crítica que nos permita aprender
y entender sobre la importancia de estos puntos.
Con respecto a la revisión teórica, analizaremos sobre
los decretos vigentes como el DSM-IV, sobre el lenguaje y habla, enfocándonos
en sus puntos importantes para un posible tratamiento o derivación; además
de informarse sobre los años en los que
está permitido que un niño permanezca en una escuela del lenguaje o cuando éste
puede ser “dado de alta”.
Marco Referencial
El Ministerio de
Educación, fija en el decreto Nº170 (2009) las normas para determinar los
alumnos con necesidades educativas especiales (NEE) que serán beneficiarios de
las subvenciones para la educación especial. En éste, se define Trastorno
Específico del Lenguaje (TEL) como “una limitación significativa en el nivel de
desarrollo del lenguaje oral, que se manifiesta por un inicio tardío y un
desarrollo lento y/o desviado del lenguaje” (Ministerio de Educación, 2009:9).
No deben considerarse como indicadores de TEL las dislalias ni los Trastornos
Fonológicos (Artículo 30).
Una
dislalia es una alteración en la articulación de algún o varios fonemas, o la
ausencia de éste de manera consistente. Un proceso de simplificación fonológico
(PSF) es un conjunto sistemático de estrategias utilizadas por el niño para
reproducir lo que escucha de forma simplificada fonológicamente, esta idea se
sustenta en la teoría de fonología natural de Stampe (1969) e Ingram (1983).
Los tipos de PSF según los autores son: proceso de estructura silábica,
sustitución y asimilación.
De
acuerdo a González (2003) y Segovia (1988) una dislalia funcional es la más
frecuente y requiere de indemnidad anatómica faringobucal y de audición
periférica, lo que está alterado es la capacidad de realizar praxias
secuenciadas con suficiente fuerza, precisión y coordinación. Puede deberse a
malos hábitos orales que permanecen durante mucho tiempo. En una dislalia
orgánica o disglosia, se ven alterados los órganos periféricos del lenguaje en
la pronunciación, puede deberse a falta de piezas dentarias, fisuras
labio-palatinas, lengua bífida, quemaduras o deformaciones congénitas.
Ingram
(1970) divide los trastornos del lenguaje en cuatro: leve, moderado, severo y
muy severo. En el primero, hay un déficit fonológico; en el segundo, hay
déficit fonológico y morfosintáctico en su dimensión expresiva; en el tercero,
es mixta en dimensión expresiva y comprensiva, en el último; todos los niveles
del lenguaje se ven afectados.
Un
trastorno fonológico se refiere a las alteraciones que presentan los niños con
la adquisición y desarrollo de la fonología, que implican algún tipo de
dificultad para almacenar, representar y/o recuperar la información acerca de
la organización de los fonemas dentro de las palabras. Esto podría ocurrir por
una inmadurez perceptiva que no permite al niño un análisis
fonético-fonológico, tendrían fallas en la conciencia fonológica, siendo la
mayor característica que el niño emite enunciados poco entendibles. La
intervención la haría directamente el fonoaudiólogo en donde debe haber un
diagnóstico diferencial entre dislalias y PSF, porque muchas veces estos
coexisten, y si el último persiste podría llegar a ser un trastorno fonológico.
En cuanto a la terapia, podría realizarse la “Global” en la cual se puede
mejorar la producción en el nivel fonológico, tanto en niveles bajos de control
de procesos articulatorios, como repetición o habla espontánea, por ejemplo;
además de una estimulación auditiva, práxica de posturas y secuencias, esquema
corporal y bucal.
La prevalencia mundial de menores con problemas de habla que
presentan además alteraciones del lenguaje es del 15%. Y aproximadamente el 5%
de los menores que muestran un trastorno específico del lenguaje, presentan
también alteraciones en el habla (Skarżyński, 2012). Con respecto al trastorno fonológico, aproximadamente el 3% de niños en edad preescolar y el 2% de niños de 6
a 7 años sufren de este trastorno.
Algunos factores de riesgo son: prematuridad, bajo peso al
nacer, un nivel sociocultural bajo y una familia muy numerosa (Aguilera, 2008).
Análisis
"Fonoaudiólogo que evalúa a menor
de 4 años que asiste a una escuela de trastorno del lenguaje. El menor el
próximo año debe asistir a kinder. Se establece una conversación con el
director sostenedor, sobre que idealmente el menor podía realizar kinder en la
escuela de lenguaje. Sin embargo, el menor en la evaluación mantiene un buen
nivel semántico y morfosintáctico, acorde a su edad cronológica, pero mantiene procesos
fonológicos de simplificación y algunas dislalias. La única manera de que el menor asista al
kinder dentro de la escuela de lenguaje es que el diagnostico fonoaudiológico
sea trastorno moderado del lenguaje. El fonoaudiólogo
cede a tal petición para mantener buenas relaciones laborales".
El niño fue diagnosticado
con un trastorno moderado del lenguaje, por lo que según Ingram (1970) se
deberían presentar los siguientes signos para que pueda ser diagnosticado con
ese trastorno, éstos son: déficit fonológico y morfosintáctico en su dimensión
expresiva. Como fue mencionado en el caso, el niño mantiene un nivel
morfosintáctico y semántico acorde a su edad, por lo que el diagnóstico estaría
alterado y el niño no debería seguir en la escuela de lenguaje. Debe ser
requisito que se quede cuando se tiene TEL mixto o TEL expresivo. El niño, con
los datos entregados, podemos decir que tiene un trastorno fonético-fonológico que
no corresponde con su edad, dado que presenta dislalias y PSF.
De acuerdo a lo anterior,
podríamos decir que el niño no tiene una NEE, y sólo requiere de atención
fonoaudiológica por su trastorno fonético-fonológico, siendo de suma
importancia la atención de este profesional. Si no es tratado, este trastorno
podría afectar el aprendizaje de lecto-escritura en el niño posteriormente.
El fonoaudiólogo decide
diagnosticar erróneamente al menor para conservar buenas relaciones con el
director sostenedor. En el decreto nº170, se establece que aquél profesional
que realice un diagnóstico fraudulento, será eliminado del Registro Nacional de
Profesionales de la
Educación Especial para la evaluación diagnóstica. De acuerdo
a lo analizado, el profesional ha realizado un mal diagnóstico, por lo que
deberá acatar lo que indica la ley.
Con respecto a la
axiología, algunos puntos vistos se ven alterados porque él no se está
respetando así mismo alterando su compromiso como profesional, no actuando de
manera éticamente correcta, no lleva a cabo una rectitud y justicia acorde a su
acción de cambiar el diagnóstico del niño, sin reconocer que el niño no
necesita de una atención especializada en una Escuela de Lenguaje, por lo que
no está siendo honesto con el paciente, quitando la posibilidad a otro niño que
realmente necesite entrar a la escuela, y sólo pensar en la compensación
económica que hace el Gobierno por niño que se encuentra en las escuelas y
accediendo a la petición del director para mantener una buena relación.
El Código de Ética del
Colegio de Fonoaudiólogos de Chile (1983) indica que el profesional debe
denunciar aquellas normas o acciones que
atenten contra la integridad del paciente o la suya propia. Además, debe tratar
con humanidad a los pacientes. Considerando esto, el profesional no trató con
humanidad al menor, sino que lo utilizó para su propio beneficio; para que la
escuela reciba la subvención y de esta manera conservar las relaciones dentro
de la institución. Asimismo, el fonoaudiólogo debió haber denunciado el actuar
del director de la escuela de lenguaje, ya que se puso en riesgo el completo
bienestar del paciente o de él (si pensamos que el director de la escuela
amenazó con quitarle el trabajo al fonoaudiólogo, por ejemplo). El cumplimiento
de las normas que se expresan en este documento es de carácter obligatorio para
los fonoaudiólogos que ejerzan su profesión en Chile, de no ser así, será sancionado por el Colegio de
Fonoaudiólogos de Chile A.G.
Cuando tratamos a un paciente, estamos cuidando de él de alguna
manera, e implica velar por su autonomía, por lo que debemos aplicar los
principios y valores morales universalmente construidos. Por ejemplo:
compasión, competencia, confidencia, confianza y conciencia. Estos constructos
básicos que debería poseer un profesional, nos hace notar que el Fonoaudiólogo
del caso, no los posee, porque no está dando lo mejor de sí para que el niño
pueda salir de la escuela y recibir atención fonoaudiológica externa y pueda
salir delante de su trastorno fonológico, además de que no desarrolla una
competencia para llevar a cabo su trabajo de manera óptima al diagnosticar a un
niño con una patología que no presenta. Y por último, está pasando a llevar la
confianza que los cuidadores del niño depositan en él y en la escuela, al dejar
al infante a su cuidado para que pueda superar este déficit del lenguaje que
supuestamente tiene, siendo que sólo tiene un trastorno fonético-fonológico.
A modo de propuesta, considerando todo lo expuesto anteriormente, creemos
que las entidades que se encargan de regular las Escuelas del Lenguaje,
deberían corroborar de alguna manera los diagnósticos hechos por los
profesionales, porque claramente lo sucedido sólo lo sabrán el director y el
fonoaudiólogo. Por lo que proponemos que el diagnóstico anual que se le hace al
menor, sea realizado por un fonoaudiólogo externo a la escuela a la que
pertenece el niño. De esta manera el profesional no se verá influenciado por
nadie, y el niño podrá recibir el tratamiento que realmente necesita. Por
consecuente, el niño debería asistir a terapia fonoaudiológica para tratar el
trastorno fonético-fonológico, ya que podría afectar a su posterior desarrollo
lingüístico en su etapa escolar.
Conclusión
Como expusimos en el
análisis recién expuesto, para ser un profesional íntegro hay que tener en
cuenta varios aspectos, ya sea el Código de Ética del Colegio de Fonoaudiólogos
de Chile, los decretos del Ministerio de Educación, y otras normas dependiendo
de nuestro lugar de desempeño laboral. Si bien es imprescindible conocerlos y
actuar de acuerdo a lo que rige la ley, creemos que lo más importante es contar
con una escala de valores coherente con la carrera que hemos decidido estudiar
y luego ejercer. Nos encontramos en un área donde no podemos velar sólo por
nuestro beneficio, sino que nos relacionamos con personas igual de importantes
que nosotros, que deben verse beneficiadas de igual manera. Además de esto,
creemos que es de suma importancia conocer de manera profunda los decretos que
rigen actualmente, e irse actualizando acorde a cómo van cambiando y cuales
artículos se van integrando.
El hecho de ser
profesional implica muchas cosas, no sólo somos un ser con conocimientos
teóricos, sino que también un ser con valores propios, los constructos
esenciales de la ética del cuidar debemos conocerlos muy bien, porque son cosas
básicas que harán que seamos un profesional de excelencia en todo ámbito.
Nosotros podemos tener muy en cuenta todos estos puntos, pero si nosotros
mismos no los tenemos internados ni los sentimos como un deber, cualquier caso
similar que se nos presente, podríamos llegar a actuar como el fonoaudiólogo
del caso, por eso es importante tener en claro nuestros propios puntos éticos y
ser consecuentes con lo que pensamos y sentimos. Además de que tenemos que
estar preparados para este tipo de situaciones, porque pueden ser incluso más
comunes de lo que pensamos.
Es por esto que no estamos
de acuerdo con el actuar del fonoaudiólogo del caso planteado, ya que ayudar al
paciente debe ser prioridad por sobre todas las cosas. Creemos que las
entidades encargadas que regulan o dirigen los ingresos de niños a Escuelas de
Lenguaje, tal vez deberían agudizar sus revisiones y que alguien externo
corrobore el diagnóstico hecho y sea tal vez, más de una vez al año.
Bibliografía
Aguilera, S.; Botella, M.P. (2008).
Trastorno específico del desarrollo del
lenguaje. Bol. S Vasco-Nav Pediatr 40(25) 24-30.
Bratz, J.; Sandoval M. (2013). Axiología Valores. [Diapositivas de Power Point]
Bratz, J. (2013). Ética
del cuidar en la atención terapéutica. [Diapositivas de Power Point]
Cáceres, S. (2012). Nociones básicas de patologías del lenguaje. [Diapositivas de Power
Point]
Delgado, L. (2010). Trastorno Fonológico. [Diapositivas de Power Point].
García, V. (2007). Comunicación
y Lenguaje. [Diapositivas de Power Point]
González, J. (2003). Alteraciones del Habla en la infancia. Aspectos clínicos. Editorial: Médica Panamericana.
Ministerio de Educación (2009). Decreto con toma de razón Nº0170. Santiago,
Chile.
Skarżyński, H.; Piotrowska, A.
(2012). Prevention of
communication disorders – screening pre-school and school-age children for
problems with hearing, vision and speech: European Consensus Statement. Med Sci
Monit, 18(4).
Segovia, M.L. (1988). Interrelaciones entre la odontoestomatología y la fonoaudiología.
Buenos Aires: Médica Panamericana.
No hay comentarios:
Publicar un comentario